“Dorrego tenía un carácter fogoso
(…) los unitarios querían precipitarlo lastimando su suceptibilidad con diarias
filípicas en las que no perdonaban ni el sagrado de la vida privada: le
llamaron mulato muchas veces y agotaron el diccionario de los improperios para
exasperarlo y conducirlo a un abuso estrepitoso de la fuerza”.
Manuel Dorrego, uno de los
líderes de la facción federal, se destacó tanto en su faceta militar como
política y fue gobernador de Buenos Aires en dos oportunidades. La primera vez
en junio de 1820, por muy poco tiempo, en un momento en que la provincia se
hallaba sumida en una gran crisis política producto de la caída del poder
central. Su segundo gobierno transcurrió también en una situación de crisis,
pero en esta oportunidad pudo llevar adelante importantes medidas. Asumió el
gobierno de la provincia en agosto de 1827, tras el frustrado intento de “organización nacional” entre 1824 y 1827 que
finalizó con la disolución de las autoridades nacionales, y el recrudecimiento
del enfrentamiento entre unitarios y federales. Por otra parte, heredó una
compleja situación externa, ya que las Provincias Unidas se habían embarcado en
una guerra con el Imperio del Brasil. Dorrego tuvo que finalizar este
conflicto, que había llevado a la provincia a una profunda crisis económica. 8 de mayo de 1828, Manuel Dorrego sanciona la Ley de Libertad de
Imprenta
8 de mayo de 2015 a las 13:54
“Dorrego tenía un carácter fogoso
(…) los unitarios querían precipitarlo lastimando su suceptibilidad con diarias
filípicas en las que no perdonaban ni el sagrado de la vida privada: le
llamaron mulato muchas veces y agotaron el diccionario de los improperios para
exasperarlo y conducirlo a un abuso estrepitoso de la fuerza”.
Tomás de Iriarte, Memorias,
escritas a mediado del siglo XIX.
Manuel Dorrego, uno de los
líderes de la facción federal, se destacó tanto en su faceta militar como
política y fue gobernador de Buenos Aires en dos oportunidades. La primera vez
en junio de 1820, por muy poco tiempo, en un momento en que la provincia se
hallaba sumida en una gran crisis política producto de la caída del poder
central. Su segundo gobierno transcurrió también en una situación de crisis,
pero en esta oportunidad pudo llevar adelante importantes medidas. Asumió el
gobierno de la provincia en agosto de 1827, tras el frustrado intento de “organización nacional” entre 1824 y 1827 que
finalizó con la disolución de las autoridades nacionales, y el recrudecimiento
del enfrentamiento entre unitarios y federales. Por otra parte, heredó una
compleja situación externa, ya que las Provincias Unidas se habían embarcado en
una guerra con el Imperio del Brasil. Dorrego tuvo que finalizar este
conflicto, que había llevado a la provincia a una profunda crisis económica.
Durante el corto período que
gobernó —fue derrocado y fusilado en diciembre de 1828— enfrentó una encarnada
oposición del bando unitario, que pretendía recuperar el poder e intentó sanear
la situación de Buenos Aires y propiciar relaciones con el resto de las
provincias. Así, enfrentó una fogosa batalla desde los diferentes periódicos
copados por los unitarios, que se dedicaban a difamarlo y propagar la idea de
que los federales pretendían generar levantamientos del populacho contra la
gente decente. Ante estos ataques, los federales también se expresaron desde
diarios afines, produciéndose álgidos debates. Dorrego fue uno de los
fundadores de El Tribuno, y aunque él ya no fuera uno de sus redactores,
Moreno, Cavia y Wright defendieron su posición. Periódicos como El Correo
Político y Mercantil, El Republicano y El Argentino adoptaron posiciones
federales. En la vereda de enfrente se encontraba Crónica Política y Literaria
de Buenos Aires, tribuna de las posiciones unitarias, sumándose El Granizo y El
Porteño. Poco tiempo después aparecieron El Liberal y El Tiempo, que también
difamaron la figura de Manuel.
En este complejo escenario
decidió atemperar los ánimos y calmar la violencia que propiciaban las
prácticas de los periódicos, por lo que el 8 de mayo de 1828 sancionó la Ley de
Libertad de Imprenta. La misma castigaba con multas y sanciones a las
publicaciones que no se atuvieran a la realidad y dieran rienda suelta a las
calumnias e injurias. En su primer punto, esta ley declaraba como “abusivos”
los impresos que ofendiesen con sátiras o invectivas la reputación de cualquier
individuo, o publicara defectos de su vida privada. En el artículo 2 estableció
que no estaban comprendidos en el punto anterior los impresos que denunciaran
los actos u omisiones de los funcionarios públicos en el desempeño de sus
funciones.
Durante el corto período que
gobernó —fue derrocado y fusilado en diciembre de 1828— enfrentó una encarnada
oposición del bando unitario, que pretendía recuperar el poder e intentó sanear
la situación de Buenos Aires y propiciar relaciones con el resto de las
provincias. Así, enfrentó una fogosa batalla desde los diferentes periódicos
copados por los unitarios, que se dedicaban a difamarlo y propagar la idea de
que los federales pretendían generar levantamientos del populacho contra la
gente decente. Ante estos ataques, los federales también se expresaron desde
diarios afines, produciéndose álgidos debates. Dorrego fue uno de los
fundadores de El Tribuno, y aunque él ya no fuera uno de sus redactores,
Moreno, Cavia y Wright defendieron su posición. Periódicos como El Correo
Político y Mercantil, El Republicano y El Argentino adoptaron posiciones
federales. En la vereda de enfrente se encontraba Crónica Política y Literaria
de Buenos Aires, tribuna de las posiciones unitarias, sumándose El Granizo y El
Porteño. Poco tiempo después aparecieron El Liberal y El Tiempo, que también
difamaron la figura de Manuel.
En este complejo escenario
decidió atemperar los ánimos y calmar la violencia que propiciaban las
prácticas de los periódicos, por lo que el 8 de mayo de 1828 sancionó la Ley de
Libertad de Imprenta. La misma castigaba con multas y sanciones a las
publicaciones que no se atuvieran a la realidad y dieran rienda suelta a las
calumnias e injurias. En su primer punto, esta ley declaraba como “abusivos”
los impresos que ofendiesen con sátiras o invectivas la reputación de cualquier
individuo, o publicara defectos de su vida privada. En el artículo 2 estableció
que no estaban comprendidos en el punto anterior los impresos que denunciaran
los actos u omisiones de los funcionarios públicos en el desempeño de sus
funciones.
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